
Comité de Convivencia
¿Qué es el Comité de Convivencia Laboral?
Es un grupo de vigilancia de obligatoria conformación por parte los empleadores públicos y privados, cuya finalidad es contribuir a proteger a los trabajadores contra los riesgos psicosociales que puedan afectar su salud, como es el caso del estrés ocupacional y el acoso laboral, según lo reglamentó la Resolución 652 de 2012 y su modificación en la Resolución 1356 del mismo año, expedidas por el Ministerio del Trabajo. Las empresas que no cumplan con este requisito se harán acreedoras a las sanciones impuestas el Decreto 2150 de 1995, Artículo 115.
¿Quienes lo conforman?
Debe estar compuesto por dos representantes del empleador (quién los designará directamente) y dos de los trabajadores (serán elegidos a través de votación secreta), con sus respectivos suplentes; las empresas privadas
o entidades públicas podrán designar un mayor número de miembros, los cuales han de ser iguales para ambas partes.
Los elegidos preferiblemente deben contar con competencias actitudinales y comportamentales como respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de información y ética; así como
también, demostrar habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos. Los integrantes del Comité deben reunirse ordinariamente cada tres meses y extraordinariamente cuando se requiera.
Las compañías con menos de 20 trabajadores deberán nombrar un representante de los empleados y uno del empleador.
¿Por cuánto tiempo estarán en su cargo los representantes?
El período de los miembros del Comité será de dos años, a partir de la conformación del mismo, los cuales se contarán desde la fecha de comunicación de la elección y/o designación de los representantes.
¿Cuáles son sus funciones?
-
Recibir, analizar y dar trámite a las quejas que se presenten en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral.
-
Escuchar a las partes involucradas de manera individual.
-
Promover espacios de diálogo para llegar a una solución efectiva de las controversias.
-
Formular planes de mejora.
-
Sugerir a la alta dirección medidas preventivas y correctivas.
-
Realizar seguimiento a las recomendaciones dadas.
-
Comunicar a la alta dirección aquellos casos en los que no se logre un acuerdo o no se cumplan las recomendaciones.
-
Realizar informes trimestrales y anuales con los resultados de su gestión, elaborar estadísticas de quejas y reclamos y brindar información a los organismos de control.
¿Qué objetivos persigue?
-
Promover un excelente ambiente de convivencia laboral
-
Fomentar relaciones positivas entre los trabajadores de la empresa
-
Respaldar la dignidad e integridad de las personas en el trabajo.
Tienes algo que contarnos? comunícate con nosotros, clic aquí